Publicado el nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales (RSCIEI)

Nuevo RSCIEI 2025

Publicado el nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales (RSCIEI)

El gobierno de España publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (RSCIEI), que actualiza los requisitos de seguridad para alinearlos con las soluciones constructivas modernas y el marco normativo europeo.

Esta nueva normativa, que sustituye al reglamento vigente desde 2004, busca mejorar la protección contra incendios en el sector industrial. Entró en vigor el 10 de mayo de 2025, aunque se estableció una disposición transitoria que permitía aplicar el reglamento anterior durante seis meses en determinados casos.

Principales novedades del nuevo RSCIEI

El nuevo reglamento introduce una serie de medidas para reforzar la seguridad en los establecimientos industriales, incluyendo:

  • Reducción del riesgo de propagación del fuego mediante el diseño adecuado de las instalaciones.
  • Obligación de disponer de los medios adecuados para evacuación de personas.
  • Implementación de sistemas de detección, control, extinción y alarma adaptados a cada caso.
  • Facilidades para la intervención de los bomberos y resistencia estructural suficiente para garantizar la evacuación.
  • Obligatoriedad de inspecciones periódicas cada cinco años por parte de organismos de control autorizados.

Obligación de instalar sistemas de alarma por voz

Uno de los cambios más relevantes es la obligatoriedad de instalar sistemas de comunicación de alarma por voz en edificios industriales que cumplan con estas dos condiciones simultáneas:

  • Que la suma de la superficie construida de todos los sectores de incendio sea igual o superior a 10.000 m².
  • Que la densidad de ocupación del edificio supere las 3 personas por cada 100 m².

En estos casos, el reglamento establece que el sistema de alarma debe permitir la transmisión de alarmas locales, de alarma general y de instrucciones verbales mediante megafonía y evacuación por voz. Además, si hay edificios o espacios abiertos colindantes cuya evacuación se haga conjuntamente, también deberán contar con estos sistemas.

Relación con la normativa EN 54

Este cambio normativo refuerza la importancia de los sistemas de megafonía y evacuación por voz certificados bajo la norma EN 54. Los sistemas EN 54-16 (control y supervisión), EN 54-24 (altavoces) y EN 54-32 (sistemas de alarma por voz) garantizan una evacuación ordenada y eficaz en situaciones de emergencia y serán clave para cumplir con la nueva normativa.

Otros cambios normativos

Todos los elementos en las instalaciones de protección activa contra incendios deberán con lo dispuesto en el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI), según el RD 513/2017.

Es previsible que el nuevo RSCIEI modifique el RIPCI, para adoptar la norma UNE 23007-32 como estándar de referencia para los sistemas de detección y alarma de incendios, en convivencia con la UNE EN-60849.

WHITE PAPER COMPARATIVO ENTRE LA NORMATIVA UNE-EN 60849 Y LA UNE 23007-32 [GUÍA]

Consigue este estudio comparativo a partir de un caso real detallado. En esta guía se aplican ambas normativas a todos los elementos y fases del proyecto: diseño, instalación y medición.

El nuevo reglamento establece también que los nuevos establecimientos industriales y los que reciban modificaciones significativas deberán elaborar un proyecto firmado por un técnico competente, preceptivo para obtener licencias o autorizaciones.

Entrada en vigor y aplicación

El reglamento entró en vigor el 10 de mayo de 2025, un mes después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Durante los seis meses siguientes a su entrada en vigor, se podía seguir aplicándo el reglamento anterior (Real Decreto 2267/2004) a los proyectos que ya estuvieran redactados, en tramitación o ejecución, siempre que se indique expresamente. Pasado ese plazo, la aplicación del nuevo reglamento pasó a ser obligatoria en todos los casos.

El Ministerio de Industria publica y revisa periódicamente la guía técnica de aplicación del reglamento para dar respuesta a las consultas más frecuentes del sector y ayudar a la aplicación práctica de las disposiciones del Reglamento y sus anexos. Puedes consultar la última versión de esta guía en la página oficial del Ministerio de Industria y Turismo.

En LDA Audio Tech somos especialistas en megafonía y evacuación por voz y podemos ayudar a los establecimientos industriales a adaptarse a la nueva normativa. Con nuestra experiencia en el sector y nuestro conocimiento de las normativas EN 54, ofrecemos asesoramiento y tecnología certificada para garantizar el cumplimiento del nuevo RSCIEI y mejorar la seguridad en caso de incendio.

FAQ: Obligatoriedad de los sistemas de alarma por voz en el nuevo RSCIEI

¿Qué es exactamente el RSCIEI y desde cuándo se aplica?

El RSCIEI es el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, aprobado por el Real Decreto 164/2025. Sustituye al RD 2267/2004 y entró en vigor el 10 de mayo de 2025, un mes después de su publicación en el BOE.

¿Mi nave industrial está obligada a tener megafonía y evacuación por voz?

Solo si se cumplen dos condiciones a la vez: la suma de superficie construida de todos los sectores de incendio llega a 10.000 m² o más, y la densidad de ocupación supera las 3 personas por cada 100 m². Si no se dan ambas, el RSCIEI no exige este sistema.

¿Qué significa en la práctica una ocupación de 3 personas por cada 100 m²?

Una nave de 10.000 m² supera el umbral con más de 300 personas. Una de 20.000 m², con más de 600. Una de 30.000 m², con más de 900.

¿Las fábricas existentes tienen que instalar un sistema PAVA por la entrada en vigor del nuevo RSCIEI?

No. El reglamento no obliga a adaptar instalaciones existentes solo por haber entrado en vigor. Una fábrica que ya supere los 10.000 m² y la ocupación de 3 personas/100 m² no necesita instalar un sistema de evacuación por voz si no hay un proyecto nuevo asociado. Será obligatorio cuando se construya un nuevo establecimiento industrial, se realice una ampliación, o se lleve a cabo una reforma o modificación de entidad suficiente. Cada proyecto debe analizarse de forma individual.

¿Qué debe poder hacer el sistema de alarma por voz instalado?

El reglamento exige que transmita alarmas locales, alarma general e instrucciones verbales mediante megafonía y evacuación por voz. No basta con una sirena, el sistema tiene que permitir comunicar mensajes hablados a las personas presentes en el edificio.

¿Y si mi edificio comparte evacuación con espacios o naves colindantes?

También aplica. Si la evacuación se gestiona de forma conjunta con edificios o espacios abiertos adyacentes, esos espacios deben contar igualmente con sistema de alarma por voz, aunque por separado no alcancen los umbrales de superficie u ocupación.

¿Las inspecciones periódicas también cambian con el nuevo reglamento?

Sí. El RSCIEI fija inspecciones obligatorias cada cinco años a cargo de organismos de control autorizados, para verificar que las instalaciones de protección activa y pasiva siguen cumpliendo los requisitos.