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title: "¿Cuándo es obligatorio un sistema de evacuación por voz en España?"
description: "En edificios donde se empleen altavoces para emitir alarmas por voz en caso de incendios es de obligado cumplimiento la normativa EN 54"
url: https://lda-audiotech.com/2018/04/19/cuando-obligatorio-sistema-evacuacion-voz/
date: 2018-04-19
modified: 2023-01-26
author: "LDA Marketing"
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categories: ["Blog Técnico"]
tags: ["EN 54", "RIPCI"]
type: post
lang: es
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# ¿Cuándo es obligatorio un sistema de evacuación por voz en España?

La normativa europea **EN 54** establece los requisitos que deben cumplir los **sistemas de detección y alarma de incendios** en toda la Unión Europea y se ha adoptado en numerosos mercados internacionales como un estándar que garantiza la seguridad para las personas en caso de incendio.

Sin embargo, la adaptación de la EN 54 genera algunas incertidumbres cuando se adapta a las normativas de cada país. Por eso cabe preguntarse cuándo es obligatorio por ley que un edificio cuente con un **sistema de evacuación por voz** y cómo cumplir con la **normativa EN 54** en el caso de España.

En aquellos **edificios donde se empleen altavoces para emitir alarmas por voz en caso de incendios** en España es de obligado cumplimiento que el sistema cumpla con sus normativas de aplicación EN 54-24 para altavoces y EN 54-16 para los sistemas a los que están conectados.

Existen determinados usos en los que es obligatorio que los sistemas de alarma de incendios sean de este tipo:

- **Uso hospitalario** en todo caso.
- **Pública concurrencia** si la ocupación excede de 500 personas. Según el Documento Básico de Seguridad de utilización y accesibilidad ([DB-SUA](https://www.codigotecnico.org/pdf/Documentos/SUA/DBSUA.pdf#page=40)), la **definición** del uso de pública concurrencia es la siguiente:

*«Edificio o establecimiento destinado a alguno de los siguientes usos: cultural (destinados a restauración, espectáculos, reunión, esparcimiento, deporte, auditorios, juego y similares), religioso y de transporte de personas».*

Estos usos vienen especificados en el Documento Básico de Seguridad en caso de incendios ([DB-SI](https://www.codigotecnico.org/images/stories/pdf/seguridadIncendio/DccSI.pdf)) del **Código Técnico de la Edificación** ([CTE](https://www.codigotecnico.org/DocumentosCTE/parte1.html)).

Esta es la conclusión que se extrae cuando analizamos la normativa internacional y española en sobre detección y alarma de incendios.

***NOTA IMPORTANTE:** En cualquier edificación donde el CTE es de obligado cumplimiento, y por tanto es necesaria la obtención de licencia o permiso emitido por la autoridad competente, se deben cumplir los requisitos básicos de seguridad contra incendios (DB-SI) que incluyen los sistemas de evacuación por voz.*

### Normativa internacional

Los sistemas de alarma por voz pertenecen a la norma de producto [UNE EN 54-16:2010](http://www.aenor.es/aenor/normas/normas/fichanorma.asp?tipo=N&codigo=N0045762&PDF=Si) y [UNE EN 54-24:2010](https://www.une.org/encuentra-tu-norma/busca-tu-norma/norma?c=N0044642) dentro de la colección de normas de producto de “Sistemas de detección y alarma de incendios” y listada en [UNE 23007-1:1996](https://www.une.org/encuentra-tu-norma/busca-tu-norma/norma?c=N0002376) anulada por [UNE EN 54-1:2011](https://www.une.org/encuentra-tu-norma/busca-tu-norma/norma?c=N0048151) que según aparece en el CTE ([Cap III Criterios generales de aplicación pág.6](https://www.codigotecnico.org/images/stories/pdf/seguridadIncendio/DccSI.pdf)) son las versiones aplicables en vigor:El DOUE en la  [Comunicación de la Comisión 2018/C 092/06](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52018XC0309%2809%29&from=ES) establece la vigencia de las **normas de producto** referidas conforme a la derogación de la directiva europea 89/106/CEE y su sustitución por el [reglamento UE Nº305/2011 del 9 de marzo de 2011](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2011-80721).

Esto queda también regulado en el [RIPCI R.D.513/2017](https://industria.gob.es/Calidad-Industrial/seguridadindustrial/instalacionesindustriales/instalaciones-contra-incendios/informacion513/Gu%C3%ADa%20T%C3%A9cnica%20de%20Aplicaci%C3%B3n/Guia_Tecnica_Aplicacion_RIPCI_Rev_3.pdf) en la Sección 1ª **Protección activa contra incendios**, [Capítulo 1. Sistemas de detección y alarma de incendios](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-6606&tn=1&p=20170612#s1-2):

Y dentro del mismo capítulo:

[Más información sobre el nuevo RIPCI](https://lda-audiotech.com/2017/06/26/nueva-normativa-incendios-entrara-vigor-noviembre-2017/)

### El CTE DB-SI 19feb2010

El [CTE de Junio de 2013](https://www.codigotecnico.org/DocumentosCTE/parte1.html) establece en el capítulo 3 **Exigencias básicas** Artículo 11:Es por tanto el [DB-SI](https://www.codigotecnico.org/images/stories/pdf/seguridadIncendio/DccSI.pdf) el que establece los **requisitos mínimos** exigibles para edificios **en materia de seguridad en caso de incendio**. Donde en su sección SI 4: Instalaciones de protección contra incendios, Capítulo 1: Dotación de instalaciones contra incendios indica la obligatoriedad del cumplimiento del RIPCI en función del uso previsto para el edificio o establecimiento según la tabla 1.1 del mismo capítulo:

**Tabla 1.1. Dotación de instalaciones de protección contra incendios**

Los **sistemas de alarma de incendios** se definen en el DB-SI Anexo SI A Terminología:

En la UNE EN 54:1:2011 en el anexo A Tabla A.1 se describen las **funciones y equipos del sistema de detección y alarma de incendios** y los sistemas asociados así como ejemplos de productos que realizan esas funciones y las normas de producto que son de aplicación:

Tras este análisis detallado de la **normativa española e internacional sobre sistemas de alarma contra incendios** se puede concluir por tanto que en España, los edificios que usen altavoces para emitir alarmas por voz deben cumplir con la normativa EN 54.

Si tienes alguna duda adicional [contacta con nosotros](https://lda-audiotech.com/contacto/) y estaremos encantados de atenderte.Enlaces con información de referencia:

 

- [Norma de producto UNE EN 54-16:2010](http://www.aenor.es/aenor/normas/normas/fichanorma.asp?tipo=N&codigo=N0045762&PDF=Si)
- [Norma de producto UNE EN 54-24:2010](https://www.une.org/encuentra-tu-norma/busca-tu-norma/norma?c=N0044642)
- [Norma de producto UNE 23007-1:1996](https://www.une.org/encuentra-tu-norma/busca-tu-norma/norma?c=N0002376)
- [Norma de producto UNE EN 54-1:2011](https://www.une.org/encuentra-tu-norma/busca-tu-norma/norma?c=N0048151)
- [Comunicación de la Comisión 2018/C 092/06](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52018XC0309%2809%29&from=ES)
- [Reglamento UE Nº305/2011 del 9 de marzo de 2011](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2011-80721)
- [Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI) RD 513/2017](https://industria.gob.es/Calidad-Industrial/seguridadindustrial/instalacionesindustriales/instalaciones-contra-incendios/informacion513/Gu%C3%ADa%20T%C3%A9cnica%20de%20Aplicaci%C3%B3n/Guia_Tecnica_Aplicacion_RIPCI_Rev_3.pdf)
- [Código Técnico de la Edificación (CTE) de junio de 2013](https://www.codigotecnico.org/DocumentosCTE/parte1.html)
- [Documento Básico SI Seguridad en caso de incendio (DB-SI](https://www.codigotecnico.org/images/stories/pdf/seguridadIncendio/DccSI.pdf))
- [Documento Básico SUA Seguridad de utilización y accesibilidad (DB-SUA)](https://www.codigotecnico.org/pdf/Documentos/SUA/DBSUA.pdf)
